< Créase el Fondo de Adelantos de Capital para Jubilados y Pensionados

Créase el Fondo de Adelantos de Capital para Jubilados y Pensionados Artículo 2 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Créase el Fondo de Adelantos de Capital para Jubilados y Pensionados Ciudad de Buenos Aires
Artículo 2.

El Fondo de Adelantos de Capital para Jubilados y Pensionados estará integrado por: a) un aporte que realizará en forma anual el Poder Ejecutivo, el que no podrá resultar inferior a la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.-) b) cualquier otro aporte que establezca el Estado de la Ciudad mediante su previsión en la Ley de Presupuesto correspondiente al período de que se trate. Los recursos asignados al Fondo se consideraran de afectación específica no pudiendo destinarse a otros fines que aquellos previstos en la presente norma.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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