< Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa

Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Artículo 53 Provincia de Formosa


Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Formosa
Artículo 53.

Los recursos económicos y financieros que requiere la creación, mantenimiento y mejoras en el Sistema de Áreas Naturales Protegidas de la Provincia se financiarán con:

a. Una partida de crédito que fije el Presupuesto General de la Provincia.

b. Los ingresos generados por permisos, concesiones, licencias y autorizaciones para la prestación de servicios en la Áreas Naturales Protegidas y toda actividad permitida según la categoría de protección.

c. Las donaciones, legados y lo recaudado en concepto de infracciones a la presente Ley.

d. Los montos incluidos en la cooperación técnica o institucional que provengan del Estado Nacional y de organismos internacionales.

e. Los cánones por el uso del equipamiento, derechos de pesca, ingreso y en general de toda actividad a desarrollarse en las Áreas Naturales Protegidas.

f. Los aportes provenientes de los convenios celebrados según la facultad otorgada por el artículo 52, inciso n) de la presente Ley.

Provincia de Formosa Artículo 53 Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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