Creación del Sistema de Transparencia, Publicación e Información Comunal (Creación del Sistema de Transparencia, Publicación e Información Comunal) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Creación del Sistema de Transparencia, Publicación e Información Comunal Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Artículo 1. Sistema de Transparencia, Publicación e Información Comunal
- Artículo 2. La Junta Comunal de cada Comuna será la Autoridad de Aplicación encargada de...
- Artículo 3. Composición y Funcionamiento
- Artículo 4. Es obligación de la Junta Comunal publicar en los medios mencionados en los...
- Artículo 5. Respecto a las notas, propuestas, proyectos y/o requerimientos elevados por...
- Artículo 6. Las actas deberán contener lo siguiente: a. Documentación legal y anexos...
- Artículo 7. El Libro de Actas será de carácter público y deberá estar actualizado...
- Artículo 8. La Comuna deberá tener una página web configurada con el dominio comuna...
- Artículo 9. Contenidos mínimos
- Artículo 10. Sección referida a la Junta Comunal
- Artículo 11. Sección del Consejo Consultivo Comunal
- Artículo 12. La Junta Comunal, recibida toda otra información y una vez realizada la...
- Artículo 13. Sección de Interés Comunal
- Artículo 14. Sección de Reclamos
- Artículo 15. Las respuestas a los reclamos no podrán exceder los treinta (30) días...
- Artículo 16. La Junta Comunal creará como medios alternativos de comunicación, cuentas en...
- Artículo 17. La información proporcionada a través de la página web de la comuna, serán...
- Artículo 18. Se reserva un espacio para la difusión de actividades y eventos pautados por...
- Artículo 19. En ningún caso los contenidos, información y todo lo que emane de la Junta...
- Artículo 20. Queda prohibido incluir frases, símbolos, logos, color y cualquier otro...
- Artículo 21. Las publicaciones de cualquier medio, no deberán tener como finalidad influir...
- Artículo 22. No se deberán realizar eventos, publicaciones o actividades cuyo objetivo sea...
- Artículo 23. Comuníquese, etc.
Otras regulaciones
Adhesión de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Ley Nacional N° 27.351 Prohibición de ingreso de ganado vacuno a la Ciudad de Buenos Aires. Prórroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la entrada en vigencia del artículo 1° de la Ley 622 Creación del Plan de Acompañamiento a los/las pacientes en situación de final de vida durante la emergencia sanitaria Adhesión de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Ley Nacional N° 27.349 Instituye el Día del Corredor InmobiliarioMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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