Creación del Plan Integral de Salud Odontológica Intercultural (Creación del Plan Integral de Salud Odontológica Intercultural) Provincia del Chaco
Creación del Plan Integral de Salud Odontológica Intercultural Provincia del Chaco
- Artículo 1. Créase el Plan Integral de Salud Odontológica Intercultural de la Provincia.
- Artículo 2. Son objetivos de la presente: a) Generar una política pública, con...
- Artículo 3. El Plan Integral de Salud Odontológica Intercultural contendrá ejes...
- Artículo 4. La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud Pública.
- Artículo 5. En el marco del Plan Integral de Salud Odontológica Intercultural la...
- Artículo 6. La autoridad de aplicación deberá: a) Elaborar el plan de acción...
- Artículo 7. Los gastos que demande la presente ley serán imputados a la partida...
- Artículo 8. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Institución del acto de Promesa de Cuidado y Protección Ambiental Régimen de regularización tributaria para Cooperativas Agropecuarias Licencia excepcional por Coronavirus para el sector público Adhesión L.N. 27.198 Se eleva a primera categoría a la Municipalidad de Tres IsletasMejores juristas
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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