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Creación del Colegio Profesional y Ejercicio de la Psicopedagogía Artículo 15 Provincia de La Pampa


Creación del Colegio Profesional y Ejercicio de la Psicopedagogía La Pampa
Artículo 15.

Corresponde al área preventiva:

a) Asesorar con respecto a la caracterización del proceso de aprendizaje, sus perturbaciones o anomalías, en orden a favorecer las condiciones óptimas del mismo en el ser humano, a lo largo de todas sus etapas evolutivas en forma individual y grupal, en el ámbito de la educación y la salud mental;

b) Realizar acciones que posibiliten la detección de perturbaciones o anomalías en el proceso de aprendizaje;

c) Investigar las características psicoevolutivas del sujeto en situación de aprendizaje, cualquiera fuere el ámbito en que se presente;

d) Participar en la dinámica de las relaciones de la comunidad educativa a fin de favorecer los procesos de integración y cambio;

e) Orientar respecto de las adecuaciones metodológicas didácticas que requieran los procesos de aprendizaje, de acuerdo con las características bio-psico-socio-culturales de individuos y grupos;

f) Elaborar y promover programas de difusión tendientes a prevenir desajustes sociales, influencias negativas del medio y problemas atinentes al área del proceso enseñanza-aprendizaje; y g) Diseñar y desarrollar procesos de orientación educacional, vocacional, ocupacional y social-familiar en sus modalidades individuales y grupales.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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