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Creación de la Oficina de Conciliación Civil y Comercial Artículo 6 Provincia de Mendoza


Creación de la Oficina de Conciliación Civil y Comercial Mendoza
Artículo 6.

Quedan excluidas del ámbito de la conciliación previa y obligatoria las siguientes causas: 1. Procesos de garantías constitucionales; 2. Diligencias preliminares, prueba anticipada y beneficio de litigar sin gastos. Si las mismas fueren interpuestas conjuntamente con una demanda, una vez resueltas aquellas por el Tribunal competente, para continuar con el trámite de ésta última será obligatorio para el litigante acreditar haber cumplido el procedimiento previsto en esta ley; 3. Acciones declarativas y de tutela preventiva; 4. Acciones reales y posesorias; 5. Procesos de prescripción adquisitiva; 6. Medidas precautorias y anticipatorias; 7. Procesos universales; 8. Procesos de jurisdicción voluntaria; 9. Procesos donde se ventilen cuestiones vinculadas con violencia de género; 10. Causas a iniciar contra entes y organismos del sector público provincial incluidos en la Ley Nº 9234 y municipios que hayan adherido a la misma; 11. Procesos de pequeñas causas; 12. Acciones colectivas o de clase; 13. Procesos en instancia única ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia; 14. Procesos atípicos; 15. Reposición de títulos; 16. Rendición de cuentas en las que estén involucrados bienes de menores, incapaces o personas con capacidad restringida; 17. En general, todas aquellas cuestiones en que se encuentre involucrado el orden público o que resultan indisponibles para los particulares; 18. Causas a iniciar contra personas inciertas o de ignorado domicilio cuya citación deba ser practicada por edictos.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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