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Código Procesal Penal Artículo 60 Provincia de Tucumán


Código Procesal Penal Tucumán
Artículo 60. MOTIVOS DE INHIBICIÓN

El juez deberá inhibirse de conocer en la causa:

1. Cuando en el mismo proceso hubiera pronunciado o concurrido a pronunciar sentencia; hubiera intervenido como juez de Instrucción, resolviendo la situación legal del imputado, o como funcionario del Ministerio Público, defensor, mandatario, denunciante o querellante;

hubiera actuado como perito, o conociera el hecho investigado como testigo.

2. Si fuera cónyuge o pariente, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, de algún interesado.

3. Cuando él o alguno de sus parientes, en los grados preindicados, tengan interés en el proceso.

4. Si fuera o hubiera sido tutor o curador, o hubiera estado bajo tutela o curatela de alguno de los interesados.

5. Cuando él o sus parientes, dentro de los grados referidos, tengan juicio pendiente, iniciado con anterioridad, o sociedad o comunidad con alguno de los interesados, salvo la sociedad anónima.

6. Si él, su esposa, padres, hijos u otras personas que vivan a su cargo fueran acreedores, deudores o fiadores de algunos de los interesados, salvo que se tratara de bancos oficiales o constituidos por sociedades anónimas.

7. Cuando antes de comenzar el proceso hubiera sido denunciante, querellante o acusador de alguno de los interesados, o denunciado, querellado o acusado por ellos, salvo que circunstancias posteriores demuestren armonía entre ambos.

8. Si hubiera dado consejos o manifestado extrajudicialmente su opinión sobre el proceso.

9. Cuando tenga amistad íntima o enemistad manifiesta con alguno de los interesados.

10. Si él, su esposa, padres, hijos u otras personas que vivan a su cargo hubieran recibido o recibieran beneficios de alguno de los interesados.

11. Cuando en la causa hubiera intervenido o interviniera como juez algún pariente suyo dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

12. Cuando medien otras circunstancias que, por su gravedad, afecten su imparcialidad.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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