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Código Procesal Penal Artículo 369 Provincia de Salta


Código Procesal Penal Salta
Artículo 369. Comparecencia espontánea

Comparecencia espontánea. La persona identificada como imputada en el decreto de citación a audiencia de imputación, podrá presentarse ante el fiscal o el juez de garantías requiriéndole la realización de la audiencia antes de la fecha indicada en dicho decreto, ocasión en que podrá formular su descargo e indicar la prueba que haga a su defensa. La presentación espontánea no impedirá que el fiscal requiera al juez de garantías la detención cuando corresponda.

Provincia de Salta Artículo 369 Código Procesal Penal
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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