Código Procesal de Familia y Violencia Familiar Artículo 55 Provincia de Mendoza
Código Procesal de Familia y Violencia Familiar Mendoza
Artículo 55. Audiencia inicial. Trámite
La audiencia inicial será registrada mediante audio o videograbación, y el/la Juez/a realizará en su desarrollo las siguientes actividades:
a) Dará por iniciada la audiencia en el día y hora fijados.
b) Acto seguido invitará a las partes a una conciliación total o parcial del conflicto. Si se arribase a un acuerdo conciliatorio, lo homologará en la audiencia. El acuerdo homologado tendrá efecto de cosa juzgada. Las partes no podrán ser interrogadas en ninguna etapa posterior del proceso acerca de lo acontecido en la audiencia inicial.
c) Fijará el objeto del proceso y de la prueba y se pronunciará sobre los medios probatorios solicitados por las partes, rechazará los que sean inadmisibles, innecesarios o inconducentes; también podrá disponer prueba de oficio.
d) Subsanará eventuales defectos u omisiones que hubiere advertido en el trámite del proceso, con el objeto de evitar o sanear nulidades;
e) Decidirá sobre los hechos nuevos planteados y la prueba ofrecida para acreditarlos;
f) Ordenará la producción y diligenciamiento de la prueba admitida y fijará la fecha para la audiencia final en un plazo que no excederá de veinte (20) días. Excepcionalmente, por resolución fundada, el/la Juez/a podrá fijar un plazo mayor, que no superará los treinta (30) días;
g) Dictará el auto por el que resuelvan las excepciones previas;
h) Si correspondiese declarará que la cuestión debe ser resuelta como de puro derecho; en tal caso, la causa quedará en estado de dictar sentencia.
Las manifestaciones del/la Juez/a en la audiencia inicial, en cuanto estuviesen ordenadas al cumplimiento de las actividades previstas, no importarán prejuzgamiento en ningún caso.
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Mejores juristas
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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