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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 70 Provincia de La Rioja


Código Procesal Civil y Comercial La Rioja
Artículo 70. Forma de practicarse

Los traslados se correrán entregándose las copias del escrito pertinente y de la documentación acompañada del mismo, cuando la notificación se practicare en forma personal o por cédula entregada a la parte, o a persona de su domicilio. En los demás casos, las copias quedarán en secretaría a disposición del interesado.

Si las copias se hubieran retirado con anterioridad de la oficina por el letrado o apoderado de la parte, el traslado se considerará cumplido con la mera notificación del proveído. Cuando el traslado comprendiere documentos cuyas copias no se hubieran acompañado por su reproducción dificultosa, podrán ser entregados en original, bajo recibo. Las vistas se practicarán notificándose el proveído respectivo.



Provincia de La Rioja Artículo 70 Código Procesal Civil y Comercial
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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