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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 412 Provincia de La Rioja


Código Procesal Civil y Comercial La Rioja
Artículo 412. Demanda y denuncia

En la demanda o en la denuncia se observarán respectivamente las normas siguientes: 1) La demanda debe contener en lo pertinente lo dispuesto por el Artículo 169 y además se denunciará el nombre y domicilio de los parientes del demandado de grado más próximo que el actor, si los hubiere, y se acompañará un certificado médico que acredite el estado mental de aquél.

Si se asiste en un establecimiento público o particular, el certificado debe emanar de su director. En su defecto, el tribunal requerirá opinión del médico forense, el que se expedirá dentro del término de dos días.

2) Si se formula denuncia, debe presentarse por escrito al Ministerio Pupilar, cumpliendo con los mismos requisitos, y dicho funcionario la presentará dentro de los dos días al tribunal competente, requiriendo la iniciación del juicio o la desestimación de aquélla.



Provincia de La Rioja Artículo 412 Código Procesal Civil y Comercial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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