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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 394 Provincia de La Rioja


Código Procesal Civil y Comercial La Rioja
Artículo 394. Nombramiento del perito. Edictos

Presentada la solicitud con los requisitos indicados en el artículo anterior, el juez deberá: 1) Disponer que se practique la mensura por el perito designado por el requiriente.

2) Ordenar se publiquen edictos de tres a cinco veces, citando a quienes tuvieren interés en la mensura. La publicación deberá hacerse con la anticipación necesaria para que los interesados puedan concurrir a presenciarla, por sí o por medio de sus representantes.

En los edictos se expresará la situación del inmueble, el nombre del solicitante, el tribunal y secretaría y el lugar, día y hora en que se dará comienzo a la operación.

3) Hacer saber el pedido de mensura a la oficina topográfica.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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