Código Fiscal Artículo 218 Provincia de Formosa
Código Fiscal Formosa
Artículo 218.
Están exentos del pago de este gravamen las personas físicas o ideales que adquieran los billetes O instrumentos similares mencionados en el artículo, 214, de todo juego de azar organizado por entidades de Beneficencia que acrediten las siguientes condiciones:
1) Inscripción como tal en la Dirección de Personas Jurídicas;
2) Tener regularizada su situación institucional ante el citado organismo;
3) Que el objeto de la entidad sea brindar asistencia social o médica a menores con capacidades Especiales;
4) Que el beneficio neto que se obtenga del mismo, una vez deducidos el pago de premios y los costos de Organización, sea destinado exclusivamente al cumplimiento de su objeto;
5) Tener una antigüedad no menor de cinco años de existencia continua en relación al objeto social Previsto en el inc. 3).
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Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558
pito
:-----D
por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
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