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Código Electoral y de Partidos Políticos Artículo 139 Provincia de Río Negro


Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro
Artículo 139. División Territorial

1. A los fines electorales la provincia se dividirá en la siguiente forma:

a) Distrito Electoral Único: Se considerará así a la provincia para la elección de la fórmula del Poder Ejecutivo y para la elección de legisladores por representación poblacional.

b) Circuitos Electorales: La provincia se dividirá en ocho (8) circuitos electorales, los que estarán integrados por los siguientes municipios, comisiones de fomento y departamentos, a saber:

1. Alto Valle Este: Chichinales, Villa Regina, General Enrique Godoy, Ingeniero Huergo, Mainqué y Valle Azul.

2. Alto Valle Oeste: Cipolletti, Balsa Las Perlas, Fernández Oro, Cinco Saltos, Contralmirante Cordero, Campo Grande y Catriel.

3. Alto Valle Centro: Cervantes, General Roca, Allen, El Cuy, Lonco Vaca, Mencué y Cerro Policía.

4. Valle Medio: Los Departamentos Pichi Mahuida y Avellaneda.

5. Valle Inferior: Los Departamentos Adolfo Alsina y Conesa.

6. Atlántico: Los Departamentos San Antonio y Valcheta, y la Comisión de Fomento Cona Niyeu.

7. Línea Sur: Los Departamentos 25 de Mayo y 9 de Julio, con excepción de la Comisión de Fomento de Cona Niyeu.

8. Andino: Los Departamentos Ñorquinco, Pilcaniyeu y Bariloche.

2. A los fines electorales los municipios y comunas se considerarán como distrito electoral único.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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