Código de Contravenciones Artículo 40 Provincia de Mendoza
Código de Contravenciones Mendoza
Artículo 40. Prescripción de la acción
La acción prescribirá al año de cometida la contravención
Provincia de Mendoza Artículo 40 Código de Contravenciones LEY 9.099, 8 de Octubre de 2018
Mejores juristas
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
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