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Código de Aguas Artículo 292 Provincia de Salta


Código de Aguas Salta
Artículo 292. Acueducto existente

El que tenga en su heredad un acueducto propio o impuesto por servidumbre, podrá impedir la apertura de uno nuevo ofreciendo dar paso a las aguas por el existente. Si fuere menester ensanchar el acueducto para dar paso a mayor cantidad de agua, deberá el dominante indemnizar al sirviente por el terreno ocupado por el ensanche y accesorios. Las nuevas obras que sea necesarias construir y las reparaciones o modificaciones que requieran las existentes serán solventadas por los que reciban beneficios de ella. El mantenimiento del acueducto correrá por cuenta de los que lo usen en proporción al volumen introducido, pero el sirviente o la Autoridad de Aplicación podrán exigir a cualquiera de los dominantes el mantenimiento del acueducto o el pago de los gastos que cause, sin perjuicio de los derechos que corresponden a quien se vio obligado a mantener el acueducto o a efectuar pagos contra los restantes co-obligados.



Provincia de Salta Artículo 292 Código de Aguas
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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