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Código Contravencional Artículo 116 Provincia de Salta


Código Contravencional Salta
Artículo 116.

Adhiérese la provincia de Salta al Régimen de Contravenciones incluido en el Régimen Penal y Contravencional para la violencia en Espect culos Deportivos (Ley N. 23.184 y sus modificatorias, Artículos 13 al 29). En el caso de la pena establecida por el último artículo, la misma ser de hasta veinte (20) días de arresto, conmutable con multa equivalente.

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Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558





estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?



Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales



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