< Código Civil y Comercial

CCCN Artículo 738 Nacional


Código Civil y Comercial Nacional
Artículo 738. Efectos

La acción directa produce los siguientes efectos:

a) la notificación de la demanda causa el embargo del crédito a favor del demandante;

b) el reclamo sólo puede prosperar hasta el monto menor de las dos obligaciones;

c) el tercero demandado puede oponer al progreso de la acción todas las defensas que tenga contra su propio acreedor y contra el demandante;

d) el monto percibido por el actor ingresa directamente a su patrimonio;

e) el deudor se libera frente a su acreedor en la medida en que corresponda en función del pago efectuado por el demandado.



Nacional Artículo 738 CCC
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas




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