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Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Artículo 51 Provincia de Salta


Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Salta
Artículo 51. Carrera Administrativa. Asociaciones Sindicales. Inhabilidades

Se establece la carrera administrativa para los agentes públicos Municipales, conforme a los siguientes principios:

1) El ingreso a la Administración Pública Municipal se realiza mediante sistemas objetivos de selección. El ascenso se funda en el mérito del agente.

2) El agente de carrera goza de estabilidad.

3) A igual función corresponde igual remuneración.

4) El agente tiene derecho a la capacitación y actualización permanente.

5) El personal designado en cargos de carácter político no goza de estabilidad.

6) Los agentes de planta permanente de la Administración Pública Municipal gozarán de la garantía del sumario con intervención del afectado, resguardando su derecho a defensa. 7) Las personas condenadas por delito contra la administración quedan inhabilitadas, mientras dure su condena, para ingresar a la administración municipal.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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