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Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Artículo 142 Provincia de Salta


Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Salta
Artículo 142.

La Carta Orgánica Municipal podrá reformarse en todas o cualquiera de sus partes por una Convención Municipal convocada para tal fin, cumpliendo con lo establecido en el artículo 174 de la Constitución Provincial. En la Ordenanza de convocatoria se determinará si la reforma será total o parcial. La necesidad de la reforma deberá ser declarada por el voto de las dos terceras (2/3) partes del total de los miembros del Concejo Deliberante. La iniciativa para reformar la Carta Orgánica corresponderá al Intendente, Concejo Deliberante o por iniciativa Popular.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA: El Intendente, los miembros del Concejo Deliberante y demás autoridades correspondientes jurarán lealtad a esta Carta Orgánica dentro de los 30 (treinta) días de entrada en vigencia.

SEGUNDA: Las Ordenanzas, resoluciones y todo acto del Municipio que pueda producir efectos de alcance general, hasta la creación del Boletín Oficial Municipal, se publicarán por el medio que la norma determine.

TERCERA: A los fines de la integración, nombramiento, puesta en funcionamiento del Boletín Oficial Municipal, el Tribunal de Cuentas Municipal, el Tribunal Administrativo de Faltas, el Defensor del Pueblo y el Síndico estatuidos en esta Carta Orgánica deberá dictarse una Ordenanza, la que contemplará la situación económica financiera del Municipio para hacer operativa cada actividad.

CUARTA: El Departamento Ejecutivo debe entregar -al menos- un ejemplar de la presente Carta Orgánica a cada una de las instituciones educativas, y organismos e instituciones de interés público del Municipio Santa Victoria Este.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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