Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Artículo 127 Provincia de Salta
Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Salta
Artículo 127. Agua
El Municipio en el ámbito de su competencia gestionará el acceso en forma igualitaria al servicio de provisión de agua destinada al consumo humano y a la producción. Fomentará la protección de reservorios, cursos de agua, y la existencia de mecanismos de control y cogestión social a través de los preceptos que establezca la legislación provincial.Se asegurará el libre acceso a las riberas del río y espejos de agua considerados de dominio público.
El Municipio gestionará las obras necesarias para la defensa de las costas y la construcción de vías de circulación en las riberas.
Provincia de Salta Artículo 127 Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este
Mejores juristas
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios