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Sistema de Promoción y Protección del Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad Artículo 18 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Sistema de Promoción y Protección del Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad Santa Cruz
Artículo 18.

El rechazo a la matriculación, continuidad y egreso del estudiante por motivo de discapacidad en las Instituciones Educativas todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial, tanto de gestión pública como privada, así como la falta de garantía de condiciones de accesibilidad al medio físico, el digital, la comunicación y la información, los apoyos o la denegación de realización de ajustes razonables en cualquiera de los Niveles Educativos del Sistema Educativo Provincial serán considerados actos discriminatorios conforme a lo establecido en Ley Nacional 23.592 o sus modificaciones.-

Provincia de Santa Cruz Artículo 18 Sistema de Promoción y Protección del Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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