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Regulación del turismo activo Artículo 18 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regulación del turismo activo Tucumán
Artículo 18.

Se consideran faltas o infracciones las conductas previstas en el Art. 39 de la Ley N° 7484 y en especial:

1. La oferta o prestación de servicios de Turismo Activo sin estar registrado.

2. La oferta o prestación de servicios de Turismo Activo en zonas o actividades diferentes a las registradas.

3. La prestación de servicios de Turismo Activo por personas físicas que no cuenten con habilitación profesional o certificación de idoneidad, conforme lo establecido por la presente Ley y su reglamentación. La sanción debe recaer sobre la persona física que efectivamente preste servicios sin contar con habilitación y, en el caso de que ésta sea dependiente de un prestador registrado, solidariamente con el prestador registrado que posibilite la prestación del servicio en infracción a lo dispuesto en la presente Ley y su reglamentación.

4. La prestación de servicios de Turismo Activo sin usar el equipamiento y los elementos de seguridad que correspondan, conforme lo determine la autoridad habilitante de cada actividad de Turismo Activo y la reglamentación de la presente Ley.

5. Poner en riesgo la seguridad, desamparar o abandonar a los usuarios en cualquier momento del desarrollo de la actividad, hasta su conclusión.

6. La falta de colaboración o la obstaculización de los controles que lleve a cabo la Autoridad de Aplicación, la Policía de la Provincia, la autoridad municipal o comunal u otros organismos de aplicación, conforme a la actividad.

7. El incumplimiento de la obligación informada del contrato y no brindar información veraz.

8. Suministrar información errónea o falaz sobre el patrimonio natural o cultural, o sobre atractivos turísticos, así como permitir o realizar acciones que los deterioren o destruyan.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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