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Regulación del turismo activo Artículo 20 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regulación del turismo activo Tucumán
Artículo 20.

La reglamentación debe establecer la graduación de las sanciones, considerando la naturaleza y gravedad de la infracción, las circunstancias agravantes o atenuantes y los antecedentes. Las multas pueden oscilar entre los cien (100) y dos mil (2000) veces el precio de un litro de nafta súper (LNS) fijado por YPF al momento de su aplicación. En caso de reincidencia, se debe aplicar al infractor, además de la multa, la suspensión temporaria o la exclusión definitiva del Registro.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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