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Ley Impositiva Artículo 25 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Impositiva Entre Ríos
Artículo 25.

1) Sociedades comerciales:

a) Actos constitutivos: solicitud de aprobación de los actos constitutivos de las Sociedades Anónimas y Sociedades en Comandita por Acciones y solicitud de inscripción en el Registro de Personerías Extraprovinciales, el Uno por Mil del capital social, a valores actualizados cuando se trate de aporte de bienes en especie o fondos de comercio, valor de plaza o el que surja de balance a moneda constante 1 o/oo Con un mínimo de Pesos Trescientos Cincuenta $ 350 Y un máximo de Pesos Un Mil Ochocientos $ 1.800 b) Por solicitud de aprobación de los actos constitutivos de las restantes sociedades comerciales, el Uno por Mil del capital social, valuados conforme lo dispuesto en a) 1 o/oo Con un mínimo de Pesos Ciento Ochenta $ 180 Y un máximo de Pesos Ochocientos cincuenta $ 850 c) Por las reformas estatutarias de las entidades mencionadas precedentemente, Pesos Ciento Veinte $ 120 d) Tasa de inscripción en el Registro Público de Comercio: Por cada inscripción, anotación, preanotación o reinscripción, el Cuatro por Mil del valor del acto o contrato, tomándose valores actualizados. 4 o/oo Valores mínimos: Valuación fiscal, valor de aforo o valor de plaza según el tipo de bienes de que se trate Tasa mínima, Pesos Ciento Veinte $ 120 Tasa máxima, Pesos Seiscientos $ 600 e) Por cada certificación expedida en el Registro Público de Comercio, Pesos Treinta $ 30 f) Por cada autenticación de estatutos o contratos, Pesos Treinta $ 30 g) Por ratificación de cada firma ante el Registro Público de Comercio, Pesos Treinta $ 30 h) Por rúbrica de libros de comercio, de hasta 300 folios Pesos Treinta de más de 300 folios, $ 30 Pesos Sesenta $ 60 i) Por cada autorización prevista en el Artículo 61° de la Ley N° 19.550, para uso de medios mecánicos, electrónicos o computarizados, Pesos Ciento Veinte $ 120 j) Por cada consulta "de visu" de expedientes, contratos o documentación, Pesos Veinte $ 20 k) Por desarchivo de actuaciones, Pesos Veinte $ 20 l) Servicios administrativos no previstos expresamente, Pesos Treinta $ 30 ll)Por trámite urgente, el triple de la tasa respectiva con un mínimo de Pesos Sesenta $ 60 m) Por trámite de transformación, de fusión o escisión, Pesos Sesenta $ 60 n) Por trámite de cesión de cuotas, Pesos Sesenta $ 60 o) Por trámite de disolución, Pesos Sesenta $ 60 2) Tasa Anual de Servicios:

Aplicable a sociedades anónimas y sociedades en comandita por acciones, el Uno por Mil sobre el patrimonio neto actualizado que surja del ejercicio económico anual. El pago se efectuará dentro de los cuatro meses de cerrado el ejercicio 1 o/oo Con una tasa mínima de Pesos Ciento Veinte $ 120 Tasa máxima, Pesos Un Mil Doscientos $ 1.200 Para sociedades incluidas en el artículo 299° de la Ley 19.550, tasa máxima Pesos Dos mil Doscientos $ 2.200 3) Asociaciones Civiles:

a) Solicitud de otorgamiento de Personería Jurídica de Asociaciones Civiles, Pesos Ciento Veinte $ 120 b) Solicitud de aprobación de reformas estatutarias de asociaciones civiles, Pesos Sesenta $ 60 c) Por solicitud de disolución, Pesos Treinta $ 30 d) Por autenticación de copias de estatutos, Pesos Treinta $ 30 e) Por solicitud de fotocopias, Pesos Quince $ 15

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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