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Ley de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género Artículo 18 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género Chubut
Artículo 18. Ministerio de Gobierno

Compete al Ministerio de Gobierno:

1) Articular medidas para combatir la trata de mujeres, niñas y personas pertenecientes al colectivo LGBTQ+ con fines de explotación sexual y/o laboral.

2) Promover acciones de prevención y auxilio frente a la violencia de género.

3) Desarrollar un Programa de Seguridad Provincial para la Prevención, Protección y Monitoreo de la Violencia de Género a través del uso de dispositivos móviles y nuevas Tecnologías.

4) Asegurar un mínimo de presencia femenina entre las dotaciones de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, incluidas las unidades situadas en el ámbito rural.

5) Destinar en las comisarías personal especializado en la materia (equipos interdisciplinarios:

abogados/as, psicólogos/as, asistentes sociales, médicos/as) y establecer un lugar privilegiado a las víctimas.

6) Desarrollar un Programa de Formación obligatoria y continua en todos los escalafones de las Fuerzas de Seguridad Provincial, tanto para el ingreso, como para el ascenso que incorpore la Perspectiva de Género, en el empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por Funcionarios/as Encargados de Hacer Cumplir la Ley.

7) Adoptar las reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok).

8) Promover y monitorear el acceso a cargos de jerarquía y decisión de manera equitativa en igualdad de oportunidades.

9) Promover modificaciones en la Ley Electoral Provincial, que introduzca sanciones específicas para quienes cometan violencia política y en el ámbito político.

10) Promover medidas ejecutivas para la prevención y erradicación de la violencia política.

11) Promover cursos obligatorios sobre violencia de género y derechos humanos, destinado a personas humanas o jurídicas que presten servicios de seguridad privada en la provincia.

Provincia del Chubut Artículo 18 Ley de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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