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Ley de ministerios Artículo 23 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de ministerios Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 23.

Compete a la Secretaría de Malvinas, Antártida, Islas del Atlántico Sur y Asuntos Internacionales asistir al Gobernador, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a acciones que propicien el ejercicio del derecho soberano sobre la jurisdicción provincial, y en particular:

1) procurar el cumplimiento efectivo de la Resolución 2065/65 de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas;

2) coordinar y articular acciones con la Cancillería Argentina y demás actores del sistema internacional, tendientes a la defensa de los derechos e intereses argentinos y fueguinos sobre las Islas del Atlántico Sur y sus espacios marítimos circundantes;

3) coordinar y articular acciones con la Cancillería Argentina tendientes a la defensa de los derechos e intereses argentinos y fueguinos sobre las Islas del Atlántico Sur y sus espacios marítimos circundantes;

4) coordinar y articular acciones con la Cancillería Argentina tendientes al cumplimiento efectivo de las Resolución A/RES/41/11 de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas;

5) desarrollar una postura global unívoca respecto a la ejecución de prácticas colonialistas por parte de una potencia extra-regional en el subcontinente, persiguiendo el agotamiento de dicha práctica en todo el planeta;

6) coordinar acciones con el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología tendiente a incorporar y/o perfeccionar en los distintos niveles de enseñanza, los legítimos derechos e intereses argentinos sobre Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, incorporándose a los programas de estudio y difundiendo los en los medios de comunicación;

7) contribuir en el perfeccionamiento del plexo normativo provincial, garantizando el goce de la soberanía e intereses fueguinos sobre la totalidad de la Provincia;

8) estructurar políticas que permitan el reconocimiento y apoyo a los Veteranos de Guerra de Malvinas;

9) residir el Consejo Asesor Observatorio Cuestión Malvinas;

10) propiciar políticas estratégicas para la Provincia, haciendo foco en los procesos de internacionalización y proyección exterior;

11) asistir al Ministerio de Producción y Ambiente en la formulación de proyectos intra e interinstitucionales que garanticen el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible;

12) avanzar en la puesta en valor del Tratado de Maipú reforzando los procesos de integración y cooperación en la Isla Grande de Tierra del Fuego;

13) favorecer el desarrollo de un polo científico-tecnológico que promueva el posicionamiento de la Provincia como referencia global en materia investigación de la Antártida y sus océanos circumpolares;

14) generar, junto con las áreas del Poder Ejecutivo con competencia en la materia, las condiciones necesarias para posicionar internacionalmente a la Provincia como puerta global de acceso a la Antártida;

15) proponer al Poder Ejecutivo Provincial políticas tendentes al desarrollo de logística e infraestructura apropiada que favorezca la conectividad con la Antártida y los espacios insulares;

16) ropender al traslado de actuales organismos nacionales vinculados a la Cuestión Antártica hacia el territorio provincial;

17) coordinar acciones con el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología tendiente a la difusión e incorporación en los distintos niveles de enseñanza, los legítimos derechos e intereses argentinos en la Antártida y su actividad antártica, incorporándolos a los programas de estudio y en los medios de comunicación;

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 23 Ley de ministerios
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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