Ley de ministerios (Ley de ministerios) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Ley de ministerios Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. El Gobernador de la Provincia será asistido, en la conducción de la acción de...
- TÍTULO II MINISTERIOS Y SECRETARÍAS DE ESTADO DEL PODER EJECUTIVO
- Artículo 2. El Gabinete Provincial tendrá a su cargo la atención y el despacho de los...
- Artículo 3. Colaborarán con el Poder Ejecutivo con igualdad de rango y jerarquía que los...
- TÍTULO III ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
- Artículo 4. El Gobernador procederá a fijar la organización administrativa necesaria para...
- Artículo 5. Las estructuras orgánico-funcionales de las jurisdicciones y entidades de la...
- Artículo 6. El Poder Ejecutivo designará a las autoridades de los organismos...
- TÍTULO IV DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS
- Artículo 7. Facultar al Gobernador a delegar en los ministros, secretarios de Estado,...
- Artículo 8. El Poder Ejecutivo resolverá las cuestiones de competencia suscitadas entre...
- TÍTULO V INCOMPATIBILIDADES
- Artículo 9. Es incompatible el cargo de Ministro o equivalente con cualquier otra función...
- TÍTULO VI FUNCIONES DE LOS MINISTROS Y DE LOS SECRETARIOS DE ESTADO
- Artículo 10. Las funciones o atribuciones de los ministros y secretarios de Estado son:...
- Artículo 11. Los ministros y secretarios de Estado son responsables solidariamente por los...
- TÍTULO VII ATRIBUCIONES DE LOS MINISTERIOS Y DE LAS SECRETARÍAS DE ESTADO MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE
- Artículo 12. Son atribuciones y competencias del Ministerio de Jefatura de Gabinete:...
- Artículo 13. Compete al Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, en orden a...
- Artículo 14. Compete al Ministerio de Finanzas Públicas asistir al Gobernador, en orden a...
- Artículo 15. Son atribuciones y competencias del Ministerio de Obras y Servicios Públicos...
- Artículo 16. Son atribuciones y competencias del Ministerio de Producción y Ambiente...
- Artículo 17. Compete al Ministerio de Salud asistir al Gobernador, en orden a sus...
- Artículo 18. Compete al Ministerio de Desarrollo Humano asistir al Gobernador, en el orden...
- Artículo 19. Compete al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología asistir al...
- Artículo 20. Compete al Ministerio de Trabajo y Empleo asistir al Gobernador en orden a...
- Artículo 21. Compete a la Secretaría General, Legal y Técnica asistir al Gobernador, en...
- Artículo 22. Compete a la Secretaría de Representación Política del Gobierno asistir al...
- Artículo 23. Compete a la Secretaría de Malvinas, Antártida, Islas del Atlántico Sur y...
- TÍTULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
- Artículo 24. Facultase al Poder Ejecutivo por razones de mejor servicio o de conveniencia...
- Artículo 25. El Poder Ejecutivo deberá reglamentar en un plazo de ciento ochenta (180)...
- Artículo 26. Los entes descentralizados mantendrán la relación funcional con la...
- Artículo 27. En todos los casos se mantienen subsistentes los órganos de control externo,...
- Artículo 28. Sustitúyese el artículo 1° de la Ley Provincial 19, el cual quedará redactado...
- Artículo 29. Autorízase al Poder Ejecutivo a la utilización de expedientes y documentos...
- Artículo 30. La presente ley entrará en vigencia a partir del día de la fecha.
- Artículo 31. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Declaración Patrimonio Cultural y Paleontológica Provincial Día de los derechos del niño por nacer Creación de las tasas judiciales Creación de la escribanía general del gobierno de la provincia Apruébase convenio de asistencia financiera, registrado bajo Nº 18.223Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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