Imprimir

Código Electoral Artículo 124 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Electoral Córdoba
Artículo 124. Acta de escrutinio

CONCLUIDA la tarea del escrutinio el presidente de mesa consigna en el acta de cierre de los comicios lo siguiente:

1) La hora del cierre de los comicios, número de sufragios emitidos, cantidad de Boletas Únicas de Sufragio no utilizadas, cantidad de votos impugnados, diferencia si la hubiere entre las cifras de sufragios escrutados y la de votantes señalados en el registro de electores, todo ello asentado en letras y números;

2) Cantidad de votos, en letras y números, logrados por cada uno de los partidos, alianzas o confederaciones políticas y en cada una de las categorías de cargos; el número de votos nulos, recurridos y en blanco;

3) El nombre, tipo y número de documento del presidente de mesa, del suplente y fiscales que actuaron en la mesa, con mención de los que estuvieron presentes en el acto del escrutinio;

4) La mención de las protestas que formulan los fiscales sobre el desarrollo del acto electoral y las que hagan con referencia al escrutinio;

5) La nómina de los efectivos policiales, individualizados con el número de identificación, que se desempeñaron a las órdenes de las autoridades de los comicios hasta la terminación del escrutinio, y 6) La hora de finalización del escrutinio.

Además del acta de cierre referida y con los resultados extraídos de la misma, el presidente de mesa extiende, en formulario que se remite al efecto, un certificado de escrutinio que debe ser suscrito por él, por el suplente y por los fiscales partidarios.

El presidente de mesa extiende y entrega a los fiscales que lo soliciten un certificado de escrutinio, que debe ser suscrito por las mismas personas mencionadas en el párrafo anterior.

Si los fiscales o alguno de ellos no quieren firmar el o los certificados de escrutinio, se hace constar en los mismos esta circunstancia.

En el acta de cierre de los comicios se deben consignar los certificados de escrutinios pedidos y quienes los recibieron, así como la circunstancia de los casos en que no fueron suscritos por los fiscales y el motivo de ello.



Provincia de Córdoba Artículo 124 Código Electoral provincial
Artículo 1 ...122 123 124 125 126 ...253

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse