Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Artículo 68 Provincia de Córdoba
Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Córdoba
Artículo 68. Notificación por cédula
Cuando la notificación se hiciera por cédula a domicilio, la misma debe confeccionarse en original y duplicado. El empleado designado a tal efecto entregará la copia a la persona a la cual deba notificar o, en su defecto, a cualquiera que lo atienda en el domicilio. Se dejará constancia del día, hora y lugar de la entrega, requiriendo la firma de la persona que lo recibiere o que se negó a firmar. Cuando el empleado no encontrase a la persona a la cual se debe notificar y ninguna otra en el domicilio quisiera recibirla, la pasará por debajo de la puerta o la arrojará en el interior del inmueble, dejando constancia de ello en todos los ejemplares emitidos al efecto.
Provincia de Córdoba Artículo 68 Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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