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Código Contravencional Artículo 12 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Contravencional San Luis
Artículo 12. Unidad y pluralidad de contravenciones

 

I. - Cuando concurran varios hechos contravencionales independientes, reprimidos con la misma especie de sanción, el mínimo aplicable es el mínimo mayor y el máximo es la suma de los máximos acumulados. Sin embargo esta suma no podrá exceder el máximo legal de la especie de pena de que se trata. En ningún caso la acumulación obstará la imposición de penas accesorias.

II. - Cuando las sanciones son de distinta especie, se aplica la más grave.

Cuando un hecho recae bajo más de una sanción contravencional, se aplica solamente la escala mayor.

III. - Cuando una conducta es típica penal y contravencionalmente se entiende que la tipicidad contravencional queda subsumida en la penal. El ejercicio de la acción penal desplaza al de la acción contravencional.

IV. - Se considera una sola contravención la repetición de actos de similar especie, realizados por un mismo autor en un mismo momento.



Provincia de San Luis Artículo 12 Código Contravencional
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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