Caja de Seguridad Social para los profesionales del arte de curar de la provincia Artículo 170 Provincia de Santa Fe
Caja de Seguridad Social para los profesionales del arte de curar de la provincia Santa Fe
Artículo 170.
A los efectos de un eficaz cumplimiento de la presente ley, el Directorio de la Caja puede requerir a todos sus afiliados y beneficiarios, colegios e instituciones que agrupen a profesionales del Arte de Curar; sociedades, asociaciones, clínicas, sanatorios; empresas por abono; empresas de control de ausentismo; maternidades; mutualidades; organismos públicos, privados o semipúblicos; o intermediarios, sean civiles o comerciales, con o sin fines de lucro, que estén directa o indirectamente relacionados con el Arte de Curar, las informaciones necesarias para el cumplimiento de su cometido, quienes están obligados a suministrarlas. Asimismo están obligadas a cumplir sus resoluciones en la parte pertinente que las vincula y comunicar a la Caja todo cambio de situación que afecte o pueda afectar los fines y objetivos de la seguridad social encomendados a la Caja. Para lograr el cumplimiento de las obligaciones impuestas por esta ley, queda facultado el Directorio para disponer inspecciones, labrar actas y tomar medidas preventivas ya sean de carácter administrativo o legal. Todo incumplimiento hace aplicable lo normado en los artículos 43 y 44 de esta ley, según corresponda. .
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Ley del servicio penitenciario provincial Mendoza Artículo 53. Ministerio de bienestar social y educacion - profesiones - Colegios profesionales Misiones Artículo 17. Ejercicio de la actividad profesional vinculado a las Ciencias Criminalísticas y Criminología Salta Artículo 31. Establece el Nuevo Procedimiento Laboral Ciudad de Buenos Aires Artículo 93. Ejercicio de la actividad de los profesionales Licenciados en Obstetricia u Obstetras, y Obstétricos Universitarios Jujuy Artículo 55. SANCIONESPublique la información de sí mismo
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