Tribunal de Cuentas Artículo 8 Provincia de Córdoba
Tribunal de Cuentas Córdoba
Artículo 8.
Es incompatible el cargo de miembro del Tribunal de Cuentas con el desempeño de comisiones o funciones públicas rentadas, encomendadas por el Poder Ejecutivo Provincial u otro Poder del Estado, con excepción de la docencia.Es asimismo incompatible dicho cargo con la intervención en juicios contra el Estado Provincial o los municipios y comunas, salvo el caso de causa propia o del cónyuge, ascendientes y descendientes en primer grado por consanguinidad o afinidad.
Provincia de Córdoba Artículo 8 Tribunal de Cuentas
Mejores juristas
Buenos días, que significa esto: cambio de estado de expediented
Llamamiento de autos a sentencia - art 483 cpccn
Y movimiento en letra? Gracias
Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?
Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.
Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.
La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios