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Transformacion de Fiscalía de Causas Policiales y Penitenciarias en Fiscalía de Derechos Humanos Artículo 2 Provincia de Salta


Transformacion de Fiscalía de Causas Policiales y Penitenciarias en Fiscalía de Derechos Humanos Salta
Artículo 2. Atribuciones y Deberes

La Fiscalía de Derechos Humanos tendrá a su cargo:

a) La investigación en todas las causas en que se atribuya, a un miembro de la Policía de la Provincia o del Servicio Penitenciario Provincial, la comisión de un hecho delictivo susceptible de ser considerado como una violación a los derechos humanos, en especial los previstos en los artículos 144 bis, 144 ter, 144 quater y 144 quinquies del Código Penal.

b) La inspección de lugares de detención de personas conforme al programa que establezca la Procuración General de la Provincia.

c) La participación conjunta en juicio cuando por la importancia y complejidad del caso lo disponga la Procuración General de la Provincia.

d) La formulación de un informe anual sobre las causas tramitadas con indicación de su estado procesal.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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