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Suspenden a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el desalojo de los miembros de la C Artículo 1 Provincia de Buenos Aires


Suspenden a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el desalojo de los miembros de la Cooperativa de Trabajo Acoplados del Oeste Limitada Buenos Aires
Artículo 1.

Suspéndese por el término de noventa (90) días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, todas las acciones judiciales, trámites, y/o diligencias que tengan por objeto ordenar y/o ejecutar el desalojo de los miembros de la "Cooperativa de Trabajo Acoplados del Oeste Limitada", ocupantes del inmueble sito en la calle Ricardo Balbín Nº 2951 de la Localidad de Merlo, ordenadas en la Investigación Penal Preparatoria Nº 10-00-031720-15, en trámite por ante el Juzgado de Garantías Nº 2 de Morón.



Provincia de Buenos Aires Artículo 1 Suspenden a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el desalojo de los miembros de la Cooperativa de Trabajo Acoplados del Oeste Limitada
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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