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Sistema de Áreas Naturales Protegidas Artículo 52 Provincia de Entre Ríos


Sistema de Áreas Naturales Protegidas Entre Ríos
Artículo 52.

Las infracciones que pudieren cometerse con relación a lo dispuesto por la presente ley, su reglamentación y las disposiciones que por vía resolutiva adoptare la autoridad de aplicación, se sancionarán considerando la gravedad de la misma y podrán consistir en;

a) Apercibimiento;

b) Inhabilitación, prohibición de ingreso, expulsión;

c) Suspensión de permisos u otras formas de actividades autorizadas;

d) Cancelación de permisos u otras formas de actividades autorizadas, clausura transitoria o definitiva;

e) Decomiso de bienes muebles, semovientes y de todo elemento que hubiere generado el acto sancionatorio;

f) Multas: cuyo monto se determinará en relación al valor equivalente a veinte (20) litros de nafta súper y hasta un máximo de veinte mil (20.000) litros de la misma, graduable conforme la gravedad de la infracción y el carácter de reincidente de su autor. Se considerará el precio que para esa nafta fije el Automóvil Club Argentino.-

Provincia de Entre Ríos Artículo 52 Sistema de Áreas Naturales Protegidas en el territorio de la Provincia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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