< Regulación del funcionamiento de los establecimientos destinados al engorde intensivo de bovinos

Regulación del funcionamiento de los establecimientos destinados al engorde intensivo de bovinos Artículo 5 Provincia de Buenos Aires


Regulación del funcionamiento de los establecimientos destinados al engorde intensivo de bovinos Buenos Aires
Artículo 5.

La aprobación del estudio de Impacto Ambiental según la norma vigente, será otorgado por la Autoridad Ambiental competente provincial, y entenderá en la prevención de los daños ambientales. A tales efectos, el estudio deberá incluir de manera específica:

a) La realización de una línea de base ambiental, social y biológica del área de influencia.

b) La designación de un responsable técnico medio ambiental del establecimiento el cual deberá ser un profesional matriculado en la materia.

c) La confección de un plano y memoria descriptiva de la topografía zonal y regional, pendiente del terreno y cuenca superficial y subterránea que puede afectarse.

d) La realización de un estudio de los recursos hídricos superficiales y subterráneos (mapas equipotenciales).

e) La presentación de un Plan de Mitigación de Impacto Ambiental.

f) La presentación de un Programa de Monitoreo y Vigilancia Ambiental.

g) La descripción de los Planes de Contingencia y Cese de la Actividad.

h) La realización de un Plan Integral de Gestión de Residuos, de plagas o vectores, de excretas, de residuos peligrosos y de animales muertos.



Provincia de Buenos Aires Artículo 5 Regulación del funcionamiento de los establecimientos destinados al engorde intensivo de bovinos/bubalinos a corral instalados o a instalarse en el territorio
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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