< Reglamentación para la organización y funcionamiento de las fuerzas policiales de la provincia

Reglamentación para la organización y funcionamiento de las fuerzas policiales de la provincia Artículo 22 Provincia de Mendoza


Reglamentación para la organización y funcionamiento de las fuerzas policiales de la provincia Mendoza
Artículo 22.

El Jefe Distrital de Seguridad, deberá:

1- Cumplir y hacer cumplir al personal policial a su cargo lo prescrito por las leyes, reglamentaciones y órdenes que emanaren del Ministerio de Justicia y Seguridad y coordinar la actuación policial con los Subjefes y demás órganos competentes.

2- Ejercer la conducción operativa y funcional de la totalidad de las unidades policiales que se encontraren en su órbita funcional y dentro de su competencia material y territorial, y proponer a las autoridades del Ministerio de Justicia y Seguridad las medidas que considerare necesario implementar para el mejor desempeño de sus funciones.

3- Proponer al Ministerio de Justicia y Seguridad la distribución de los recursos humanos y materiales atendiendo a las necesidades de cada una de sus unidades policiales.

4- Proyectar y elevar anualmente al Ministerio de Justicia y Seguridad el presupuesto de gastos y recursos de la Policía Distrital a su cargo conforme con lo que establezca la reglamentación.



Provincia de Mendoza Artículo 22 Reglamentación para la organización y funcionamiento de las fuerzas policiales de la provincia
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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