< Régimen de transporte de carga

Régimen de transporte de carga Artículo 6 Provincia de Santa Fe


Régimen de transporte de carga Santa Fe
Artículo 6. Glosario

Los siguientes términos utilizados, tienen el sentido preciso que a continuación se indica:

- Autoridad de Fiscalización: Todo ente que posea facultades de contralor en la materia, en forma originaria o delegada. Incluye a la Autoridad de Aplicación, a la Agencia Provincial de Seguridad Vial y a los entes mencionados en el artículo 3.

- Canon: Compensación monetaria por el deterioro de la vía pública y/o la disminución de su vida útil.

- Cargador: Persona humana o jurídica que, en nombre propio y por cuenta propia o de terceros, embarca mercancías para su transporte sobre la vía pública.

- Conductor: Persona humana que guía el vehículo que transporta la carga.

- Daño: Detrimento de la vida útil de la vía pública motivado en la extralimitación de las cargas permitidas.

- Multa: Sanción pecuniaria aplicable ante la constatación de una infracción a lo establecido en la norma jurídica.

- Receptor: Persona humana o jurídica que recibe mercancías transportadas sobre la vía pública.

- Transportista: Persona humana o jurídica que asume la obligación de transportar mercancías sobre la vía pública, sea en virtud de un contrato de transporte o en nombre propio y para sí mismo.

- Vía pública: Espacio común de tránsito vehicular de jurisdicción provincial.

Provincia de Santa Fe Artículo 6 Régimen de transporte de carga
Artículo 1 ...4 5 6 7 8 ...41
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse