< Reestablecimiento de la vigencia del régimen excepcional de facilidades de pago

Reestablecimiento de la vigencia del régimen excepcional de facilidades de pago Artículo 3 Provincia de Tucumán


Reestablecimiento de la vigencia del régimen excepcional de facilidades de pago Tucumán
Artículo 3. Ley Penal Tributaria N° 24.769. Eximición de responsabilidad

Respecto a los agentes de retención, percepción y recaudación que al 15 de Julio de 2014 tengan cumplida o cumplan con la obligación de depositar los tributos retenidos, percibidos o recaudados correspondientes a los períodos mensuales Enero, Febrero, Marzo y Abril de 2014, con más los intereses previstos por el Artículo 50 del Código Tributario Provincial, renacerá la espontaneidad requerida por el Artículo 16 de la Ley Nacional N° 24.769, al solo efecto de la eximición de la responsabilidad penal allí prevista.

Cuando no se hubiese efectuado el pago de los intereses correspondientes, para que opere el beneficio establecido en el presente Artículo, los mismos deberán encontrarse ingresados al 15 de Julio de 2014.

Se tendrá por cumplido con el depósito de los tributos retenidos, percibidos o recaudados a los cuales se refiere el presente Artículo, cuando se ingresen mediante planes de facilidades de pago administrativos vigentes, siempre que la facilidad de pago que se otorgue se encuentre formalizada al mes de Julio de 2014 y la cantidad de pagos parciales para completar la misma no exceda del mes de Febrero de 2015.



Provincia de Tucumán Artículo 3 Reestablecimiento de la vigencia del régimen excepcional de facilidades de pago, aplicable para la cancelación total o parcial -al contado o mediante pagos parciales- de deudas vencidas y exigibles al 29 de junio de 2012 inclusive
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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