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Protección de áreas naturales provinciales Artículo 69 Provincia de Mendoza


Protección de áreas naturales provinciales Mendoza
Artículo 69.

Las infracciones a la presente ley, decretos reglamenta- ríos y reglamentos que dicte la autoridad de aplicacion serán sancionados con las siguientes penas, sin perjuicio de la aplicacion del código penal y código de faltas cuando así corresponda:

a) apercibimiento.

b) multas de pesos sesenta ($60) hasta pesos mil ($1000) cuando la infracción cometida no cause daños o perjuicios de carácter irreversible en las areas naturales protegidas, sus ecosistemas o los recursos naturales allí existentes (quedan comprendidas las acciones u omisiones que sean de poca entidad o importancia en contra de los bienes del patrimonio del estado). En caso de reincidencia, el infractor será sancionado con el duplo de la multa que le corresponda.

c) multas de pesos mil ($1000) hasta pesos diez mil ($10000) cuando la infracción cometida produzca poca entidad o importancia en contra de los bienes del patrimonio del estado. En caso de reincidencia, el infractor será sancionado con el duplo de la multa que le corresponda.

d) multas de pesos diez mil ($10.000) Hasta pesos cincuenta mil ($50.000) Cuando la infracción produzca daños o perjuicios de carácter irreversible o de gran magnitud, ya sea en las areas naturales protegidas, sus ecosistemas o los recursos naturales allí existentes, como a los bienes integrantes del patrimonio del estado. En todos los casos la multa se duplicara si el infractores reincidente.

*e) Derogado por art. 195, ley 9.099 (B.O. 8-10-2018).

f) decomiso de todos los elementos, instrumentos, objetos y demás bienes utilizados por el infractor para la comisión de la transgresión, debiendo la autoridad de aplicacion darle a los mismos el destino que mejor convenga a los fines de la gestión y administracion de las areas naturales protegidas.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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