Prórroga por única vez y por el término de hasta cuarenta y cinco (45) días y a causa de la Pandemia COVID19 el mandato de los señores legisladores provinciales representantes de la Cámara de Diputados ante el Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuic (Prórroga por única vez y por el término de hasta cuarenta y cinco (45) días y a causa de la Pandemia) Provincia del Chaco
Prórroga por única vez y por el término de hasta cuarenta y cinco (45) días y a causa de la Pandemia COVID19 el mandato de los señores legisladores provinciales representantes de la Cámara de Diputados ante el Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuic Provincia del Chaco
- Artículo 1. Prorrógase por única vez y por el término de hasta cuarenta y cinco (45)...
- Artículo 2. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Institución como Día del Agente de Fiscalía de Estado de la Provincia del Chaco el 15 de septiembre de cada año Adhesión L.N. 27.198 Programa de promoción de elaboración de alimentos libres de gluten Institución como día Provincial de la Prevención de Consumos Problemáticos y Adicciones el 26 de junio de cada año Campaña de donación de médula ósea o células progenitoras hematopoyéticasMejores juristas
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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