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Programa de unificación monetaria Artículo 3 Argentina


Programa de unificación monetaria
Artículo 3.

Facúltase al Ministerio de Economía, a través del Organo Coordinador de los Sistemas de Administración Financiera, a emitir "BONOS DEL GOBIERNO NACIONAL EN PESOS 2% 2013", con las condiciones financieras que a continuación se detallan, por un valor nominal equivalente de hasta PESOS UN MIL MILLONES ($ 1.000.000.000), para ser utilizados especialmente en el PROGRAMA DE UNIFICACION MONETARIA para rescatar las cuasimonedas de las provincias argentinas cuya emisión no supere los TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 300.000.000).

La emisión referida precedentemente se ajustará a las condiciones generales que a continuación se indican:

I. Fecha de emisión: 30 de abril de 2003.

II. Fecha de vencimiento: 30 de abril de 2013.

III. Plazo: DIEZ (10) años.

IV. Moneda de emisión y pago: Pesos.

V. Amortización: Se efectuará en NOVENTA Y SEIS (96) cuotas mensuales, iguales y consecutivas equivalentes las primeras NOVENTA Y CINCO (95) cada una al UNO CON CERO CUATRO POR CIENTO (1,04%) y UNA (1) cuota final equivalente al UNO CON VEINTE POR CIENTO (1,20%), todas ellas del monto emitido y ajustado de acuerdo a lo previsto en el párrafo siguiente, venciendo la primera de ellas el 30 de mayo de 2005.

VI. Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER): El saldo de capital de los Bonos será ajustado conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) referido en el artículo 4º del Decreto Nº 214/02, a partir de la fecha de emisión de cada serie.

VII. Intereses: Devengará intereses sobre saldos ajustados a partir de la fecha de emisión, a la tasa del DOS POR CIENTO (2%) anual, los que serán pagaderos mensualmente.

VIII. Precio de suscripción: CIEN POR CIENTO (100%).

IX. Negociación: Serán negociables y se solicitará su cotización en el MERCADO ABIERTO ELECTRONICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país.

X. Los "BONOS DEL GOBIERNO NACIONAL EN PESOS 2% 2013" estarán representados por Certificados Globales que serán depositados en régimen de depósito colectivo.



Argentina Artículo 3 Programa de unificación monetaria LEY 25.736, 15 de Mayo de 2003
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Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo



si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?



ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?



Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.



Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???



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