< Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad

Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad Artículo 36 Provincia de Santiago del Estero


Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad Santiago del Estero
Artículo 36. Prohibición de aplicación de medidas proteccionales

Queda prohibido a los jueces aplicar medidas proteccionales en el proceso penal juvenil. Desde el inicio de la investigación y hasta finalizada la misma, el juez podrá remitir las actuaciones a la autoridad administrativa proteccional a los fines de que se adopten las medidas que correspondan. En ningún caso podrán dictarse medidas cautelares respecto de personas menores de edad no punibles.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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