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Policías Municipales de Prevención Local. Creación. Convenio Específico de Conformación y Cooperació Artículo 6 Provincia de Tucumán


Policías Municipales de Prevención Local. Creación. Convenio Específico de Conformación y Cooperación Tucumán
Artículo 6. Reglas de desempeño

El personal policial de la Policía Municipal de Prevención Local debe desempeñar sus funciones de acuerdo a los siguientes principios básicos de actuación:

1. Legalidad, adecuando siempre sus conductas y prácticas a las normas constitucionales en materia de derechos humanos y al ordenamiento normativo nacional, provincial y municipal aplicable.

2. Oportunidad, evitando toda actuación innecesaria cuando no medie una situación objetiva de riesgo que vulnere la vida, la libertad u otros derechos fundamentales de las personas.

3. Gradualidad, privilegiando las tareas y el proceder preventivo antes que el uso efectivo de la fuerza procurando siempre y ante todo preservar la vida y la libertad de las personas.

4. Proporcionalidad, escogiendo los medios y las modalidades de acción adecuadas y necesarias conforme a la situación objetiva de riesgo o peligro existente, evitando todo tipo de actuación que resulte abusiva, arbitraria o discriminatoria o que entrañe innecesariamente violencia física o moral contra las personas.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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