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Plan integral para la recuperación del autódromo Oscar y Juan Galvez Artículo 3 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Plan integral para la recuperación del autódromo Oscar y Juan Galvez Ciudad de Buenos Aires
Artículo 3. Creación del Fideicomiso

Para el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 1° y 2°, se autoriza al Poder Ejecutivo a constituir un fideicomiso en los términos del Capítulo 30, Título IV, Libro Tercero del Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante, el "Fideicomiso"), mediante el aporte de los derechos de uso, goce y explotación del inmueble de dominio público correspondiente al Autódromo "Oscar y Juan Gálvez" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El patrimonio fideicomitido se integrará conforme lo establezca la reglamentación de la presente Ley, no pudiendo aportar el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al momento de constituir el Fideicomiso, un importe mayor a los tres millones de dólares estadounidenses (US$ 3.000.000). Asimismo, establécese la intervención obligatoria por parte de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en todas aquellas erogaciones futuras y eventuales, efectuadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos montos, anualmente considerados, superen el 5% de lo establecido en el párrafo precedente.



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 3 Plan integral para la recuperación del autódromo Oscar y Juan Galvez
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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