Marco normativo para la disposición de vehículos abandonados, perdidos Artículo 23 Provincia de San Luis
Marco normativo para la disposición de vehículos abandonados, perdidos San Luis
Artículo 23.
Modificase el Inciso e) del Articulo 84 de la Ley N° X-0630-2008 - Texto Ordenado Ley N° XVIII-0712-2010 - Ley N° X-0744-2010, modificada por Ley N° X-0890-2014, modificada por Ley N° X-1072-2022, modificada por Ley N° X-1110-2023 Ley de Transito y Seguridad Vial de la provincia de San Luis, el que quedara redactado de la siguiente manera:"e) Decomiso de los elementos cuya comercialización, uso o transporte en los vehículos este expresamente prohibido".-
Provincia de San Luis Artículo 23 Marco normativo para la disposición de vehículos abandonados, perdidos, secuestrados y/o decomisados en el ámbito
Mejores juristas
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: cav-rgl@jussantacruz.gob.ar, 0297-4851694 int 113, email cav-co@jussantacruz.gob.ar ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email cav-pd@jussantacruz.gob.ar (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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