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Ley provincial de educación Artículo 133 Provincia de Buenos Aires


Ley provincial de educación Buenos Aires
Artículo 133.

La Dirección General de Cultura y Educación cuenta con una Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada (DIPREGEP) dependiente de la Subsecretaría de Gestión Educativa, que atiende la supervisión y el contralor de las instituciones de gestión privada para el cumplimiento de la educación, que es asesorada por un Consejo Consultivo.

Éste es presidido por el Director General de Cultura y Educación e integrado por un (1) Secretario Ejecutivo, designado por el Director General de Cultura y Educación, el Director Provincial de la DIPREGEP; representantes de las entidades sindicales docentes con personería gremial en el ámbito de la Educación de Gestión Privada en la Provincia de Buenos Aires, representantes de las entidades reconocidas que agrupen a los establecimientos educativos de gestión privada, representantes de los establecimientos educativos dependientes de la Iglesia Católica, de establecimientos educativos de confesiones religiosas reconocidas por el Registro Nacional de Cultos y representantes de los padres de alumnos de estos establecimientos.

La participación en este Consejo tiene carácter "ad honorem" y sus funciones son de asesoramiento, de acuerdo a la reglamentación que a tal fin establezca la Dirección General de Cultura y Educación."

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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