Ley Orgánica de Tribunales penales y gestión judicial Artículo 30 Provincia de Santa Fe
Ley Orgánica de Tribunales penales y gestión judicial Santa Fe
Artículo 30. Finalidad y Ubicación
La oficina de gestión judicial será el órgano encargado de desarrollar la actividad administrativa de los Colegios de Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Primera Instancia. Cada Colegio contará con una oficina de gestión judicial a la que le estará vedado realizar tareas jurisdiccionales.
En aquellos distritos donde no exista Colegio de jueces, se deberá asignar personal a los órganos judiciales penales a los efectos de que sean asistidos en lo estrictamente administrativo, el que estará bajo la dirección del director de la oficina de gestión judicial correspondiente al Colegio de Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Circunscripción.
Provincia de Santa Fe Artículo 30 Ley Orgánica de Tribunales penales y gestión judicial
Mejores juristas
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios