Ley General De Sociedades Artículo 357 Nacional
Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Nacional
Artículo 357. Prohibició
La sociedad emisora no podrá recibir sus propios debentures en garantía.
Nacional Artículo 357 Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984
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Invitado
27/02/25 17:11:55
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Invitado
07/02/25 20:35:11
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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